ELECCION CUERPO DE ACOLITOS



El próximo viernes 1 de marzo se celebrará la Asamblea General de Hermanos a las 20:45 horas en primera convocatoria y a las 21 horas en segunda convocatoria, en los salones parroquiales. Entre los puntos que se van tratar se encuentra la elección de los integrantes del cuerpo de acólitos para el desfile procesional de la Cofradía el próximo Sábado Santo.

Según recogen las reglas de la Cofradía, las personas interesadas en formar parte del cuerpo de acólitos deberán de asistir a la Asamblea; en caso de no poder hacerlo bajo motivo justificado, deberán de comunicar su intención por escrito a la Cofradía (virgendelasoledad@gmail.com) o designar a un Hermano de la Cofradía que lo represente en la Asamblea. 

Hacemos mención a la regla 33 en relación al número de acólitos y designación de los mismos:

Punto 3. El grupo no superará los 9 miembros, estando compuesto por pertiguero, ciriales, incensarios, navetas y cestas correspondientes.

Punto 7. Integrantes del cuerpo de acólitos, proceso de selección:

a) Hermanos de la Cofradía cuya edad mínima sea de 16 años.

b) La duración de los integrantes en el cuerpo de acólitos será de dos años, pudiendo repetir su participación previa solicitud y cumpliendo requisitos manifestados en estas Reglas.

c) La Junta de Gobierno en cada proceso de selección, determinará el número de integrantes que conforman el grupo.

d) Cada dos años la Junta de Gobierno en la Asamblea General Ordinaria convocará una reunión con el objetivo de que asistan las personas interesadas en la participación en dicho grupo.

e) En la mencionada reunión, se valorarán las solicitudes que cumplan los requisitos y se elegirán a los integrantes del cuerpo de acólitos.

f) En caso de que el número de solicitudes supere al número de puestos propuestos por la Junta de Gobierno se realizará un sorteo.

g) Las personas que tras el sorteo no hayan sido elegidas, integrarán directamente el grupo en la próxima ocasión sin necesidad de entrar en sorteo, siempre y cuando presenten la preceptiva solicitud en el siguiente proceso de selección.

h) En caso de que tras celebrarse el proceso de selección existan puestos libres, la Junta de Gobierno podrá designar a las personas que completen el grupo.


📷 Juanje Priego